DEFINICIONES SEGURIDAD PRIVADA: La seguridad privada se refiere a la seguridad en términos de protección de una persona, empresa o evento y, privada se refiere a lo contrario de público, o sea, no es un servicio otorgado por el Estado por lo tanto no tiene los mismos poderes ni jurisdicción. La Ley Federal de Seguridad Privada tiene la finalidad de regular a las empresas de seguridad privada que prestan servicios en dos o más entidades. Define a la seguridad privada como “actividad a cargo de particulares autorizada por el órgano competente”, para cumplir funciones “de protección, vigilancia, custodia de personas, información, bienes inmuebles, muebles o valores, incluido su traslado; asimismo, la instalación y operación de sistemas y equipos de seguridad”. (Mejia, 2021) ENCRIPTAMIENTO DE DATOS: La encriptación es un método de codificación de datos (mensajes o archivos) de modo que solo las partes autorizadas puedan leer la información o acceder a ella. La encriptació...
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